
La Consejería de Educación ha anunciado un importante cambio en la política educativa de la región, con el objetivo de mejorar la calidad de la enseñanza y aumentar las oportunidades para los docentes. A partir de ahora, la habilitación lingüística para los docentes se realizará de forma permanente, lo que permitirá a los profesores presentar sus solicitudes en cualquier momento del año. Esta medida supone un importante avance en la flexibilidad y la agilidad del sistema educativo, y se espera que tenga un impacto positivo en la calidad de la enseñanza y en la motivación de los docentes.
La nueva normativa establece que podrán participar en este proceso abierto tanto el personal funcionario de carrera como el personal en prácticas que se encuentre en servicio activo dentro de los cuerpos docentes no universitarios de la comunidad. Asimismo, la norma ampara expresamente a los integrantes de las listas vigentes de aspirantes a puestos en régimen de interinidad, garantizando que puedan optar a vacantes bilingües según su especialidad. El personal del cuerpo de maestros de idiomas también podrá acogerse a este trámite en igualdad de condiciones.
El proceso de habilitación lingüística
Para acceder a la habilitación que faculta a impartir áreas o módulos no lingüísticos en un idioma extranjero, los candidatos deberán demostrar un dominio de la lengua equivalente, como mínimo, al nivel B2 del Marco Común Europeo de Referencia. La acreditación de esta competencia se podrá realizar mediante títulos universitarios oficiales específicos, como el Grado en Estudios Ingleses, Traducción e Interpretación o el Grado en Educación Primaria con mención bilingüe. También serán válidos los certificados expedidos por las Escuelas Oficiales de Idiomas y los títulos de instituciones de reconocido prestigio recogidos en los anexos de la orden.
Una vez demostrada la competencia lingüística, los docentes dispondrán de dos opciones independientes para consolidar su habilitación dentro del sistema educativo. La primera opción se fundamenta en la experiencia docente directa, requiriendo haber impartido clase durante al menos un curso académico completo o nueve meses no consecutivos en centros o secciones bilingües sostenidos con fondos públicos. La segunda opción está diseñada para quienes no cumplan dicho periodo o carezcan de experiencia previa, que podrán obtener el reconocimiento acreditando la superación de actividades de formación metodológica especializada en enseñanza bilingüe con una carga lectiva mínima de 50 horas.
La tramitación electrónica
La tramitación del procedimiento será electrónica, lo que agilizará y simplificará el proceso para los docentes. Las solicitudes y la documentación complementaria deberán presentarse de forma exclusiva a través de la aplicación informática corporativa Profex, utilizando sistemas válidos de firma electrónica como el certificado digital o Cl@ve. Tras el registro de la petición, la Consejería de Educación y Formación Profesional dispondrá de un plazo máximo de tres meses para dictar y notificar de manera individualizada la resolución correspondiente. La norma establece que la falta de respuesta expresa en dicho periodo legitimará al interesado para entender desestimada su solicitud por silencio administrativo.
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En conclusión, la apertura de la habilitación lingüística para los docentes supone un importante avance en la flexibilidad y la agilidad del sistema educativo, y se espera que tenga un impacto positivo en la calidad de la enseñanza y en la motivación de los docentes. La tramitación electrónica y la simplificación del proceso de habilitación lingüística serán clave para lograr estos objetivos. Con esta medida, la Consejería de Educación y Formación Profesional da un paso importante hacia la mejora de la educación en la región.



